domingo, 11 de agosto de 2013

Cómo mejorar la rentabilidad de su negocio mediante los seguros médicos privados (I): Introducción y reducción directa de los costes laborales

Además de las evidentes ventajas que tiene para los empleados por cuenta ajena y autónomos, y que trataré más adelante, los seguros médicos privados se pueden utilizar de dos formas para mejorar los resultados de la empresa:

  • Reduciendo costes.
1)    Reducción directa del coste laboral.
2)    Reducción indirecta del coste laboral por descenso de la duración media de las bajas debidas a incapacidad temporal.

  • Incrementando la productividad.
1)    Descenso de demoras debidas a la asistencia médica: tiempos de espera para atención primaria, especialistas y cirugía.
2)    Reducción de factores de insatisfacción.

A lo largo de los próximos artículos sabremos más sobre cómo puede influir positivamente la contratación de seguros médicos privados en el balance de la empresa.

1. Reducir costes con seguros médicos privados

            1.1. Reducción directa de costes laborales.

                        1.1.1. Trabajadores por cuenta ajena.

     Los seguros médicos pagados por la empresa, tal y como establece el artículo 23 del Reglamento General de Cotización, y el artículo 42.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, no se integran en la base de cotización y, en consecuencia, no cotizan a la Seguridad Social hasta 500,00 € por persona (empleado, hijos y cónyuge) y año. Además, es un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades. Esto significa tres cosas:

            1) Que hasta 500 € están exentos de cotización, lo que supone un ahorro de entre 185,75€ y 226,00€ por persona y año. Todo lo que supere esta cantidad, cotizará y tributará de manera normal.

            Supongamos dos casos, uno de un empleado de oficina, con contrato indefinido a tiempo completo (1) y otro, vigilante con contrato temporal a tiempo parcial (2). Conforme a los vigentes tipos de cotización y de AT/EP:

TIPO DE COTIZACIÓN
(1)
(2)
CONTINGENCIAS COMUNES
23,60%
23,60%
DESEMPLEO
5,50%
7,70%
AT/EP
0,90%
6,70%
FOGASA
0,20%
0,20%
FORMACIÓN PROFESIONAL
0,60%
0,60%

TOTAL
30,80%
38,80%

DIFERENCIA
  154,00 €
  194,00 €

             2) Que al ser por persona y año, y al poder incluir a los descendientes y al cónyuge del empleado, el ahorro puede ser mayor. Esto significa que ese ahorro es por CADA UNO. Así, si han incluido, por ejemplo, a su cónyuge y a dos descendientes, no se incluirá en la base de cotización el importe por 4 personas x 500€=2000€.

            Conforme a los datos del caso anterior, el ahorro de la empresa podría oscilar entre 743,00€ y 904,00€.

            3) Que podrán deducirse los importes pagados por la empresa del Impuesto de Sociedades.

                         1.1.2. Trabajadores por cuenta propia.


     Conforme al artículo 30 de la ley 42/2006, "tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente."

Próximo artículo: Reducción indirecta del coste laboral por descenso de la duración media de las bajas debidas a incapacidad temporal.